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La operación del Componente de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa de Soporte de la SAGARPA establece que como producto de la capacitación, seguimiento y evaluación del cumplimiento de los programas de trabajo de profesionales que participan en el marco de este Componente se deben generar listas de desempeño públicas.
En este marco, como parte de los procedimientos de la Red de Centros de Evaluación Especializados responsables de esta tarea, se han establecido cuatro categorías para el desempeño de los PSP que han participado en este componente.
- Los profesionales que hayan sido contratados para prestar un servicio de Asistencia Técnica o Capacitación y no se encuentren en la lista de desempeño ó aquellos prestadores de servicios que solicitaron a INCA Rural el proceso de capacitación y acreditación, forman parte de la lista, con la categoría de "En Proceso de Acreditación".
- Los profesionales que hayan tenido un desempeño satisfactorio forman parte de la lista de “Acreditados”.
- Los profesionales que hayan involucrado poco a los beneficiarios durante un servicio, que no hayan cubierto los puntos relevantes del mismo o que no hayan aprobado la capacitación cuando esta les fue requerida, estarán en la lista de “Condicionados” para el apoyo en que se cometió la falta, y su futura participación en el mismo estará sujeta al cumplimiento de las condiciones que les sean establecidas a través del Centro de Evaluación Estatal.
- Los profesionales que hayan cometido faltas graves como el no otorgar o abandonar un servicio ya pagado, brindarlo con una deficiencia profesional notoria, o generar inconformidades con los beneficiarios atendidos, formarán parte de la lista de “No Aceptable” y ya no podrán participar en servicios futuros apoyados por el componente de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa de Soporte.
Las categorías de "En Proceso de Acreditación", "Acreditado" o "Condicionado" se otorgan de acuerdo al tipo de servicio prestado, los cuales son especializados cuando se realizan con el apoyo directo o indirecto de unidades técnicas especializadas (UTE), que por su experiencia y prestigio son responsables de la capacitación, soporte técnico y acreditación de los PSP. Actualmente los servicios especializados son:
| Servicio Especializado |
Unidad Técnica Especializada |
| Asesoría a Consejos de Desarrollo Rural Sustentable |
INCA Rural |
| Acompañamiento Técnico PROMAF en Transición |
INCA Rural |
| Asistencia Técnica Pecuaria |
INIFAP |
| Conservación y Uso Sustentable de Agua y Suelo |
Colegio de Posgraduados |
| Gestión de la Innovación |
Universidad Autónoma Chapingo |
| Seguridad Alimentaria |
FAO |
| Desarrollo Empresarial |
INCA Rural |
| Acompañamiento Técnico PROEMAR |
INCA Rural |
| Servicio Especializado |
Centro de Capacitación |
| Agricultura Protegida (Invernaderos, Casa Sombra, etc.) |
Universidad Autónoma Chapingo |
| Sistemas de Producción Orgánica |
Universidad Autónoma Chapingo |
| Renovación y Mejoramiento Genético de Cafetales |
UACh - AMECAFE - INCA Rural |
Acuacultura y pesca
- Pulpo
- Tiburón
- Camarón de Rivera
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CONAPESCA - INCA Rural |
| Turismo Rural |
INCA Rural - Asociación Mexicana de Turismo de Aventura (AMTAVE) |
| Consultoría en MCS |
México Calidad Suprema, A.C. |
El resto de servicio técnicos, es decir, los que no puedan ser clasificados como especializados se consideran como alguno de los siguientes servicios básicos:
- Diseño de proyectos
- Puesta en Marcha de Proyectos
- Asesoría y consultoría Profesional
- Capacitación
En caso de los PSP que se encuentra indicados como "No aceptables", su desempeño se encuentra reportado en todos los servicios, tanto los especializados como los básicos, ya que no pueden participar en el componente de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa de Soporte.
La integración de las listas de desempeño de los PSP que han participado en este componente incluye adicionalmente las siguientes consideraciones:
- Cuando el ejecutor del componente de capacitación y asistencia técnica solicite un informe de satisfacción del cliente antes de la conclusión del programa de trabajo (Artículo 17, Fracción III, Sección III.1.1., de las Reglas de Operación). El Centro Evaluador continuará la evaluación de desempeño del PSP hasta la terminación del programa de trabajo y su resultado será establecido en la lista correspondiente.
- En caso de que el PSP sea una persona moral, la evaluación del desempeño se aplicará tanto a la persona moral contratada para prestarlo, como al profesional responsable del servicio nombrado por ésta.
- Los PSP y los beneficiarios podrán inconformarse con el dictamen que el Centro Evaluador Estatal realice sobre el desempeño del prestador de servicios. Las inconformidades deberán presentarse por escrito al Ejecutor del Gasto, junto con las evidencias necesarias en un plazo no mayor de 10 días hábiles siguientes a la notificación del dictamen del Centro correspondiente. Cualquier inconformidad posterior no será sujeta de atención. En primera instancia, la revisión de las inconformidades se hará por el ejecutor del gasto en coordinación con el Centro Evaluador Estatal y del conocimiento del GOAT general ó especializado según sea el caso; si persiste la inconformidad, se remitirá el expediente a la Unidad Administrativa Responsable del Componente de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa de Soporte en la SAGARPA, quien emitirá un fallo inapelable.
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